Aspectos generales
La igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres consiste en la eliminación de los obstáculos sociales que generan desigualdades por razón de sexo y su finalidad es que hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades para desarrollar sus capacidades.
La igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres se constituye como un elemento dinamizador de la construcción política, social y económica de las sociedades democráticas que contribuye a resolver los desequilibrios estructurales existentes.
La Constitución de 1978 marca un punto de inflexión en la situación social y jurídica de las mujeres españolas. El reconocimiento constitucional del principio de igualdad es esencial. En los últimos años, la sociedad española ha vivido un proceso de transformación. Así, los cambios se han producido desde diferentes frentes: educación, trabajo, violencia contra las mujeres o en las esferas de poder. El artículo 14 de la Constitución española proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo. Por su parte, el artículo 9.2 consagra la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas.
La igualdad entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales sobre derechos humanos, entre los que destaca la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de 1979 y ratificada por España en 1983. En este mismo ámbito procede evocar los avances introducidos por conferencias mundiales monográficas, como la de Nairobi de 1985 y Beijing de 1995.
La igualdad es, asimismo, un principio fundamental en la Unión Europea. Desde la entrada en vigor del Tratado de Ámsterdam, el 1 de mayo de 1999, la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de las desigualdades entre unas y otros son un objetivo que debe integrarse en todas las políticas y acciones de la Unión y de sus miembros.
El contenido que esta sección pretende dar es, precisamente, una visión general de la normativa referente a la igualdad de género.
Normativa en materia de igualdad
– Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE nº 71 de 23/03/2007).
– Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía (BOJA nº 247 de 18/12/2007).
– Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (BOE nº 313 de 29/12/2004).
– Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integra contra la violencia de género (BOJA nº 247 de 18/12/2007).
– Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida[1] (BOE nº 242 de 07/10/2009).
– Acuerdo de 19 de enero de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía 2010-2013 (BOJA nº 31 de 16/02/2010).
– Resolución de 31 de enero de 2012, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se aprueba el modelo de protocolo para la prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo en el trabajo y el establecimiento de un procedimiento especial para los casos que puedan producirse en la empresa (BOJA nº 27 de 09/02/2012).
Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía 2020-2026
Adhesión al proyecto «Málaga ciudad de la igualdad».
Código de la Mujer. Legislación sobre Igualdad de Género en Andalucía.
Protocolo de actuación de la Empresa sobre acoso moral, sexual y por razón de sexo.
Pacto Andaluz por la Igualdad de Género.
II Plan Transversal de Género del Ayuntamiento de Málaga.
El convenio colectivo de LIMPOSAM y la Igualdad de género.
Enlaces de interés
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad |
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Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad – Instituto de la Mujer |
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Organización Internacional del Trabajo – OIT |
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Junta Andalucía, Instituto Andaluz de la Mujer |
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Ayuntamiento de Málaga. Area de Igualdad de Oportunidades |
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Ordenanza para la garantía de la convivencia ciudadana y la protección del espacio urbano en la ciudad de Málaga. |
[1] La Ley 9/2009, no entrará en vigor hasta el 1 de enero de 2017, de conformidad con lo dispuesto en su Disposición Final Segunda en su redacción dada por la Disposición Final Undécima de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.